Impuesto de Ocupación Transitoria
A partir del 1 de agosto de 2026, la fecha límite para la remisión y el pago de TOT y TBID será ahora el día 15 de cada mes calendario. Consulte la tabla abajo para ver las fechas exactas de vencimiento.
El Impuesto de Ocupación Transitoria (TOT) es un impuesto que se aplica a los huéspedes "temporales" por el privilegio de alojarse en cualquier hotel, posada, motel u otro establecimiento comercial de alojamiento, incluidos los alquileres a corto plazo, con fines de alojamiento o dormir durante un período de 30 días consecutivos o menos. Estos impuestos son recaudados por el hotel, motel u operador de alquiler a corto plazo y se distribuyen mensualmente a la Ciudad. El TOT se evalúa a una tasa del 12% de los alquileres brutos mensuales. Del TOT recibido por la Ciudad, el 10% del total es Ingresos No Restringidos y el 2% del total está restringido a la Restauración de Arroyos y Mejora de la Calidad del Agua (Medida B).
La Evaluación del Distrito de Mejoramiento de Negocios Turísticos de la Costa Sur de Santa Bárbara (TBID), desarrollada por Visit Santa Barbara y las empresas de alojamiento de la costa sur de Santa Barbara, es un distrito de evaluación que ofrece beneficios específicos a sus contribuyentes mediante la financiación de programas turísticos que apoyan directamente a las empresas evaluadas. El TBID se evalúa a una tasa del 2% de los ingresos brutos mensuales por habitación. La evaluación TBID no se aplica a los cargos de huésped ni a las habitaciones compensadas o de cortesía. Para obtener más información sobre la evaluación de TBID, póngase en contacto con Visit Santa Barbara en SantaBarbaraCA.com.
Tasas actuales
TOT = 12% de los alquileres/ingresos brutos
TBID = 2% de los ingresos por alquiler de habitaciones
Los operadores de hoteles y STR deben enviar el formulario de remesa completo y el pago correspondiente a los ingresos del mes anterior a la Ciudad de Santa Bárbara en o antes del día calendario 15 de cada mes (efectivo el 1 de agosto de 2026) para evitar recargos por demora. Se debe presentar un formulario independiente para cada hotel, motel o propiedad de alquiler a corto plazo, incluso si no hay ningún pago pendiente. Para pagos por correo, el sobre debe tener matasellos del Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS) el día 15 o antes. No se aceptan matasellos de franqueo. Los pagos se consideran morosos si se reciben o tienen matasellos posterior al día 15. Tenga en cuenta que los fines de semana y los días festivos no modifican este plazo.
Fecha de vencimiento de los pagos | ||||
|---|---|---|---|---|
2026 | 2027 | |||
| Última fecha de recepción Ayuntamiento o FedEx | Última fecha del matasellos de USPS | Última fecha de recepción Ayuntamiento o FedEx | Última fecha del matasellos de USPS | |
| Ene. 9 | Ene. 10 | Ene. 14 | Ene. 15 | |
| Feb. 10 | Feb. 10 | Feb. 15 | Feb. 15 | |
| Mar. 10 | Mar. 10 | Mar. 15 | Mar. 15 | |
| Abr. 9 | Abr. 10 | Abr. 15 | Abr. 15 | |
| May 7 | May 9 | May 13 | May 15 | |
| Jun. 10 | Jun. 10 | Jun. 15 | Jun. 15 | |
| Jul. 9 | Jul. 10 | Jul. 15 | Jul. 15 | |
| Ago. 13 | Ago. 15 | Ago. 12 | Ago. 14 | |
| Sep. 15 | Sep. 15 | Sep. 15 | Sep. 15 | |
| Oct. 15 | Oct. 15 | Oct. 14 | Oct. 15 | |
| Nov. 12 | Nov. 14 | Nov. 15 | Nov. 15 | |
| Dic. 15 | Dic. 15 | Dic. 15 | Dic. 15 | |
Se aplicará una penalización del 10% a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento. Si el retraso es superior a 30 días, se aplicará una penalización adicional del 10% más un interés del 0.5% mensual.